Cómo reclamar una deuda: Vías para reclamar a los morosos

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En el día a día de las empresas es frecuente que existan deudas e impagos, por lo que es importante saber cómo reclamar deudas

A continuación te contamos cómo puedes hacer una reclamación de deuda. 

Reclamar deuda por vía extrajudicial

Antes de que se dé una situación en la que se tenga que hacer uso de una vía judicial se debe hacer uso de las vías extrajudiciales. Mediante el uso de estos métodos se trata de llegar a un acuerdo amistoso y liquidar la deuda. Para este tipo de reclamaciones es posible hacer uso de empresas especializadas en la gestión de impagados. Ellos ayudarán a buscar la forma de que el moroso pague.

La vía extrajudicial debe tener unos plazos. En el caso de que el moroso no esté cumpliendo con lo establecido de forma amistosa o en el caso de que no se consiga llega a un acuerdo mediante esta vía será necesario acudir a las vías judiciales con rapidez. Si queremos recuperar la deuda es importante que no transcurra el suficiente tiempo como para que el moroso se declare insolvente o que la deuda prescriba. Recobrarte se encargará de todo el proceso, manteniendo informado en todo momento del estado del expediente.

¿Cuáles son las fases de la reclamación extrajudicial de deudas?

Estos son los pasos que se deben seguir a la hora de reclamar una deuda extrajudicialmente:

  • Comprueba la deuda: Antes de reclamar se debe estar muy seguro de que exista una deuda y de la cantidad que te deben. Puede ser que haya un error en la contabilidad o que la deuda se inferior de lo que se pensaba. Hay que analizar todos los datos antes de seguir adelanta.
  • Ponte en contacto con el deudor: Es importante conocer las causas por las que el moroso no ha pagado la deuda. Es posible que haya tenido complicaciones pero que tenga intenciones de devolver el dinero. Por ello es importante saber qué es lo que está pasando.
  • Intenta alcanzar un acuerdo: Si tu deudor tiene problemas de liquidez puedes proponer un pago aplazado de la deuda o una reducción de la cantidad que debe.
  • Habla con Recobrarte, especialistas en la gestión de deudas: Las empresas de recobro especializadas pueden ayudar a que la gestión del cobro sea más segura y esté mejor regulada. En el caso de que haya algún problema el abogado rápidamente podrá buscar nuevos métodos para cobrar la deuda.

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Reclamar deuda por vía judicial

En el caso de que tengamos que hacer uso de una vía judicial dependiendo de la documentación que tengamos y la cantidad  a devolver que se nos deba se hará uso de un tipo de procedimiento u otro:

  • Petición inicial de Procedimiento Monitorio: Necesitamos un documento que acredite la deuda y que no supere los 250.000€. Para la petición inicial no será necesaria la contratación de abogados y procurador, si bien es altamente recomendable, contar con empresas especializadas en la gestión de impagados como Recobrarte, ahorrará tiempo y dinero en estas gestiones.
  • Procedimiento Declarativo Verbal u Ordinario: La reclamación puede interponerse sin necesidad de instar previamente la petición inicial de procedimiento monitorio antes descrito.
  • Procedimiento Verbal: Este tipo de procedimiento se puede realizar cuando la deuda no supera los 6.000€ o reclamaciones de rentas debidas, recuperación de la posesión de una finca…
  • Procedimiento Ordinario: Cuando se reclamen deudas superiores a los 6.000€ y con independencia de la cuantía cuando se trata de acuerdos sociales, competencia desleal…
  • Procedimiento Cambiario: La obligación de devolver la cantidad debida está documentada en un título de valor de los previstos en la Ley Cambiaria y del Cheque. Puede ser una letra de cambio, un cheque o un pagaré. El mismo debe cumplir con los requisitos exigidos en la legislación referida, de vencimiento, identificación de las partes, entre otro específico para cada título valor.

Tras el juicio, si el deudor sigue sin saldar su deuda, ¿qué hacer?

Pese a que se haya obtenido una sentencia favorable al cobro de la deuda, se podría solicitar a través de una ejecución judicial el embargo de bienes del deudor con el fin de cobrar la deuda, los intereses y las costas del juicio.

Esto también se podría realizar en el caso de que tras el juicio el deudor siguiera sin pagar la deuda.

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