Retrasos en los pagos: más de la mitad de las empresas los acepta para evitar la quiebra

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Son muchas las empresas que recurren a diferentes técnicas con el fin de postergar sus plazos de pago. Sin embargo, esta práctica repercute muy negativamente en las contabilidades de aquellas empresas que la sufren. Los retrasos en los pagos son, pues, una de las prácticas que más perjudican al tejido económico.

El 51 % de las empresas acepta retrasos en los pagos

Según el Informe de Pagos de Intrum, hasta el 51 % de las empresas ha aceptado retrasos en los pagos solo para no perder clientes y reducir, así, su actividad económica. De hecho, en comparación con el mismo período del año anterior, este dato ha subido 15 puntos, pues en 2021 se situaba en el 36 %.

Por sectores, la Administración Pública es la que más retrasos en sus pagos acumula, situándose en 22 días. Entre empresas, la cifra es inferior, pero sigue siendo elevada: 16 días en comparación con los 12 días del año anterior. Sin embargo, el sector de los consumidores este plazo ha mejorado, pues solo es de 9 días.

¿Qué plazos establece la Ley?

De acuerdo con la Ley de medidas contra la Morosidad, la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, los plazos de pago no podrán ser superiores a:

  • Facturas con la Administración: 30 días
  • Facturas entre empresas: 60 días

Además, esta misma ley establece los criterios por los que los retrasos en los pagos pueden dar derecho a indemnizaciones. Con todo, queda patente que estos plazos no se cumplen y que, en muchos casos, estos acaban con una situación de impago.

¿Cómo gestionar los impagos?

Gestionar los impagos dentro de una misma empresa es algo complicado, pues son procesos que requieren de asistencia legal, además de recursos económicos, así como humanos. Además, hay una serie de prácticas y protocolos establecidos a tales efectos, los cuales se deben seguir para no perder el derecho a la reclamación. Por este motivo, nunca es aconsejable que sea una propia empresa la que empiece estos procesos, sino que es recomendable que estas recurran a los servicios de las agencias de recobro.

¿Cómo funcionan las agencias de recobro?

Cuando una empresa externaliza el recobro de las facturas a una agencia de recuperación de impagados, lo primero que hace esta es estudiar la viabilidad de la reclamación. Son varios los motivos por los que una factura puede no ser reclamable, por lo que es esencial validar esta información antes de iniciar ningún tipo de trámite.

Una vez la agencia de recobros se ha cerciorado de que la deuda es reclamable, asignará a un gestor al expediente, además de un abogado especializado en la reclamación de pagos. En este momento, se solicitará al acreedor toda la documentación relacionada con la deuda: facturas, albaranes, emails, contratos, etc., y se empezará con una mediación entre la empresa acreedora y el deudor.

En esta mediación, la agencia de recobro, juntamente con el acreedor, aportarán nuevos plazos de pago, así como formas de realizarlo. Si esta mediación no diera resultados, la empresa de gestión de impagos estudiará la viabilidad de acudir a los juzgados. En este caso, hay una serie de requisitos que se deben cumplir: la deuda debe situarse dentro de la Unión Europea, debe ser dineraria y no debe tener más de cinco años de antigüedad. Además, también se valorará la posibilidad de incluir al deudor en uno o varios de los listados de morosos.

¿Qué es el procedimiento monitorio?

En caso de acudir a los juzgados, el procedimiento monitorio es el procedimiento que se suele emplear. Se trata de un procedimiento más corto que otros, además de no requerir de una gran inversión inicial. Pese a que se puede entregar la documentación al juzgado sin necesidad de abogado, dados los requisitos establecidos en la ley contra la morosidad, siempre es aconsejable que sea un experto legal el que lo haga; de este modo, los escritos que deben presentarse junto a la documentación serán correctos y se evitarán demoras en el proceso.

¿Cómo ayuda Recobrarte a sus clientes?

Desde Recobrarte, las reclamaciones que se llevan a cabo por sus asesores legales están siempre basadas en el código de buenas prácticas, así como en los procedimientos establecidos a tales efectos. Por ello, desde Recobrarte nunca se recurre a coacciones que puedan llevar a un deterioro de las relaciones comerciales, así como a una nulidad del proceso.

Además, los servicios de Recobrarte se facturan si la reclamación ha sido un éxito. Es decir, no se generará cargo alguno si no se consigue satisfacer la deuda. Del mismo modo, tampoco se requiere ningún tipo de derrama.

Por último, es importante mencionar que todas las acciones son llevadas a cabo por profesionales, quienes conocen bien los pasos a seguir. Del mismo modo, los gestores informarán al cliente de todos los pasos que se dan y requerirán de su aprobación en todo momento.

Los retrasos en los pagos no son situaciones que se puedan evitar. Pero, sí es posible contar con la ayuda de profesionales para acelerar los pagos, así como para reclamar aquellas facturas que hayan quedado sin ser satisfechas.