Muchas veces queremos empezar nuevos proyectos, o necesitamos liquidez para hacer frente a ciertos gastos. En estas ocasiones suele ocurrir que optemos por tener deudas y posteriormente pagar lo que debemos. Es muy importante realizar una buena gestión de las deudas. Si eres una empresa o un particular y tienes deudas es importante que sepas todo lo referente a este tema.
A continuación vamos a explicar cuanto años deben pasar para la prescripción de cada tipo de deuda, cuando prescriben una deuda reclamada judicialmente, una entre particulares, una deuda financiera, qué pasa con las deudas que no se pagan y que hacer con una deuda antes de que prescriba.
¿Cuántos años deben pasar para que caduque una deuda según tipología?
Para que una deuda prescriba pueden pasar desde 3 años hasta los 15 dependiendo de su tipología. A continuación se muestran las diferentes tipologías de deuda que hay y su caducidad:
• Deudas hipotecarias: Prescriben a los 20 años después de su fecha de vencimiento
• Deudas con Hacienda: Prescriben a los cuatro años
• Deudas a la Seguridad Social: Caducan a los cuatro años
• Deudas de las tarjetas de crédito: Prescriben a los cinco años
• Deudas por alquileres de inmuebles: Caducan a los cinco años.
• Deudas por impuestos municipales: Caducan a los cuatro años.
• Las multas:
- Prescripción de la infracción por la multa: Las sanciones leves caducan en tres meses y el resto en seis.
- Caducidad de la sanción: Las sanciones económicas caducan en cuatro años y el resto en un año.
¿Cuándo prescribe una deuda reclamada judicialmente?
Una deuda que ha sido reclamada judicialmente mantiene su fecha de prescripción. Es por ello que las empresas o particulares que quieran hacer uso de las vías judiciales para cobrar una deuda lo hagan lo más rápido posible.
En el caso de que prescriba la deuda, el deudor no tendrá que devolver el dinero independientemente de que se encuentre en vías judiciales.
En el caso de que la deuda reclamada judicialmente haya obtenido una sentencia y se exija un nuevo pago o cumplimiento este contará con nuevas fechas por lo que prescribirá en el nueva fecha establecida por el juez.
También se podría dar el caso de que una deuda entre particulares se reconociera. Se trata de un negocio unilateral de reconocimiento de deuda que podría tener forma de documento privado, o público si efectúa el reconocimiento de deuda ante notario.
Que sea unilateral significa que el deudor puede efectuar el reconocimiento de deuda sin la necesidad de que el acreedor esté presenten en el acto del reconocimiento de deuda. Por lo que no tiene que tener la forma de un contrato bilateral.
Esto significa que el deudor admite no ser capaz de hacer frente a la deuda y se crea una segundo contrato con nuevas exigencias para el deudor. El acreedor ya no tendrá que probar la existencia del contrato inicial ni su validez si quiere ejecutar ese reconocimiento de deuda, deberá reconocer la deuda y entregarlo al juez.
El contrato debe incluir la identificación de la persona que es el acreedor y la cantidad económica.
Prescripción deudas entre empresas
La prescripción de deudas entre empresas hace referencia al plazo en que una empresa puede reclamar a otra una deuda. Si tal deuda no se reclama dentro de ese plazo, se considera que ha prescrito y ya no puede ser exigida judicialmente.
En España, el plazo de prescripción para las deudas entre empresas es de 5 años, de acuerdo con el artículo 1964 del Código Civil.
Esto significa que si una empresa tiene una deuda pendiente con otra empresa, tiene un plazo de 5 años para reclamarla judicialmente antes de que prescriba.
¿Cuándo prescribe una deuda entre particulares?
La ley establece que una deuda que procede de un contrato persona prescribe a los 5 años, siempre que no se hay pactado un término especial. Dentro de este apartado también existe excepciones:
• Cinco años para poder reclamar el alquiler de una vivienda
• Cinco años para poder reclamar pensiones de alimentos
• Tres años para la prescripción de todas las acciones para reclamar los honorarios profesionales de médicos, notarios, abogados, etc.
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¿Cuándo prescribe una deuda financiera?
Las deudas financieras prescriben a los 5 años a no ser que entre los sujetos del cobro se estableciera un determinado plazo para el cobro.
En este plazo prescriben tanto los intereses como el principal. Si la deuda nace antes del 6 de junio de 2015 el plazo de prescripción será de 15 años y en cualquier caso con el máximo de cinco años desde la entrada en vigor de la nueva LEC que se cumple en fecha 6 de octubre de 2020.
¿Qué pasa con las deudas que no se pagan?
Cuando prescribe una deuda, la empresa o persona que fuera a cobrarla puede optar por hacer uso de vías extrajudiciales o vías judiciales.
En el caso de que haga uso de las vías extrajudiciales, mediante un abogado o sin él se tratará de llegar a una cuerdo amistoso con el deudor. Este acuerdo permitirá alargar el plazo de devolución de deuda o también reducir el porcentaje de deuda.
Por el contrario o si mediante vías extrajudiciales no se llega a ningún acuerdo, también se podría optar por las vías judiciales, en las cuales mediante abogados y dependiendo del tipo de deuda que sea se tendrá que hacer frente a un caso judicial.
Por otro lado, también podría darse el caso de que previo a la prescripción de la deuda nadie la reclame. Si esto ocurriera y pasara el plazo esa deuda ya no habría que solventarla.
En el caso de que las deudas fueran con una entidad pública sería totalmente diferente. Sería bastante complicado que la deuda no se llegará a pagar o que venciera su fecha de pago. En estos casos no suele haber opciones de negociación.
¿Qué hacer con una deuda antes de que prescriba?
Si tienes una deuda lo primero de todo debes intentar saldarla. En el caso de que se vea que no se cuenta con la capacidad económica suficiente como para hacer frente a la deuda sería conveniente tratar de llegar a un acuerdo con la empresa o persona a la que se le debe el importe.
Sería interesante que ampliarán el plazo o algún tipo de acuerdo parecido para poder hacerle frente a la deuda con mayor comodidad.
Por otro lado, otro método podría ser buscar financiación para poder hacer frente a la deuda al instante. Existen ciertos tipos de financiación que permiten contar con dinero en muy cortos plazos, con intereses muy bajos y así pueden solventar una deuda y posteriormente pagar la otra con mayor tranquilidad.
Estas son lagunas de las opciones que se pueden valorar antes de que llegue a prescribir una deuda. Dependiendo de la situación de cada uno método u otro será más acertado.
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